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ABC-iDeaRIO
Durante los últimos años de los 20’s y el inicio de los 30’s del siglo pasado el México surgido de la revolución creía que la escuela podía ser el inicio de una nueva sociedad. Por eso José Vasconcelos, Secretario de Educación Pública invitó a Diego Rivera, entre otros muralistas, a plasmar el ideario educativo y de progreso, de la patria, en los muros del Edificio (1923-1928) que hoy es patrimonio de la humanidad, como lo ha declarado la UNESCO. En el edificio de la SEP, Diego Rivera pintó, entre muchos otros, el mural titulado “La maestra rural” (1924), en el cual aparece una maestra (símbolo de la patria), en torno a la cual están no solo niños, sino también adultos y ancianos; al fondo aparecen hombres labrando el campo, y montado a caballo entre ambos grupos, con carrillera y fusil en alto un hombre, símbolo del Estado que vigila y custodia el nuevo orden.
Esta escena representa el ideario revolucionario: educar a partir de las letras y el trabajo, sobre todo el campo, pues un pueblo que no puede ser autosuficiente en la producción de lo más básico, como lo es el alimento, no puede ser verdaderamente independiente. En el terreno propiamente educativo se crearon las escuelas normales regionales y las escuelas centrales agrícolas, cuyo fin primordial sería el enseñar a la población a leer y escribir, así como nuevas técnicas de cultivo de la tierra. Los alumnos deberían como requisito ser hijos de maestros o campesinos.
Posteriormente se fusionan ambas instituciones y surgen las regionales campesinas, mismas que luego recibirán el nombre de Normales rurales. Estas reformas, la educativa y la agraria eran parte del mismo proyecto: los alumnos deberían salir a ser parte activa en sus comunidades (sin necesidad de migración). Lázaro Cárdenas fundó la de Tacámbaro y dedicó casi la mitad del presupuesto estatal a la educación rural. Se concebía a los maestros egresados como líderes sociales y transmisores del nuevo ideal de patria, la educación debía ser fuente de desarrollo comunitario. Así se explica en parte esta fuerte relación y unión con la comunidad y el surgimiento de líderes sociales egresados de ellas, las “bases” siempre las han apoyado por esta misma razón.
Esta propuesta de corte socialista fue evolucionando a la par de los nuevos tiempos. En 1969 Díaz Ordaz cerró 15 de las 29 que existían en el país. En parte esto se explica porque nacieron con ciertas contradicciones: una propuesta educativa socialista en un país donde rige la propiedad privada; proponían como motor, en cierta manera, una lucha de clases: ¿acaso no se instalaron algunas de ellas en ex haciendas para acentuar el nuevo ideal, es decir, que ahora la enseñanza era para todos y no para unos cuantos privilegiados, y que las instituciones que durante el Porfiriato acaparaban la tierra ahora eran centros desde donde se extendería no sólo el ideal en contra de la explotación sino una verdadera oportunidad para una mejor calidad de vida? El tema de la educación implica necesariamente, al menos en la práctica, una serie de intereses económicos, no solo al pretender “venderla”, sino porque la educación ofrece la posibilidad de imaginar un nuevo orden, muchas veces ligado a un verdadero deseo de libertad y verdadero desarrollo, es decir, que sea para todos los hombres y abarque todos los aspectos de la vida del hombre, no sólo el económico.
Estamos casi a un año del brutal acontecimiento de los estudiantes de Ayotzinapa y las interrogantes y desafíos se han multiplicado, digamos solo uno ¿cuál es el ideario de educación en nuestra patria?
En su conocido poema “Encuentro con la patria”, el poeta y compatriota Luis Tijerina decía a propósito de esta pregunta:
“Quise verte en la luz de los fusiles y en el gesto viril de los sargentos, en las espadas de los coroneles y en los tribunos gritos a tus muertos…
Pero no te encontré, te me perdiste entre sables, fusiles y sargentos […].
Y por fin te encontré, Patria querida […] Te encuentro en la sonrisa de los niños y en la voz paternal de los maestros”.
En el Evangelio de este Domingo (XXV Ordinario, Mc 9, 30-37), el Señor Jesús va de camino “pero él no quería que nadie lo supiera, porque iba enseñando a sus discípulos”. Santiago nos dice ( 2ª Lectura, St 3, 16-4, 3) lo que el Maestro enseñaba y denunciaba: “Ustedes codician lo que no pueden tener y acaban asesinando, Ambicionan algo que no pueden alcanzar, y entonces combaten y hacen la guerra”. Necesitamos aprender de esto para frenar la mano fratricida, la imagen de Rivera del hombre armado puede ser ambigua. Necesitamos un nuevo modelo educativo, un nuevo ABC-iDeARIO ¡Viva México! Los convocamos.
Pbro. Mtro. Filiberto Cruz Reyes
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Cuidar la esperanza del pueblo
El Papa Francisco en su exhortación Apostólica “La alegría del Evangelio” en el n. 31 afirma que una de las tareas de los Pastores de la Iglesia es “cuidar la esperanza del pueblo” y, el Pastor, dice el Papa “estará delante para indicar el camino”, es decir, es un deber en sentido estricto. El Catecismo de la Iglesia Católica afirma en el n. 1813: “Las virtudes teologales fundan, animan y caracterizan el obrar moral del cristiano. Informan y vivifican todas las virtudes morales. Son infundidas por Dios en el alma de los fieles para hacerlos capaces de obrar como hijos suyos y merecer la vida eterna. Son la garantía de la presencia y la acción del Espíritu Santo en las facultades del ser humano. Tres son las virtudes teologales: la fe, la esperanza y la caridad (cf 1 Co 13, 13). De este texto se deduce el deber de los Pastores de cuidar la esperanza de los fieles: cuidarla es cuidar la presencia y acción divinas en el ser humano. Continúa el Catecismo: “La virtud de la esperanza […] protege del desaliento; sostiene en todo desfallecimiento; dilata el corazón en la espera de la bienaventuranza eterna. El impulso de la esperanza preserva del egoísmo y conduce a la dicha de la caridad” (n. 1818). Las virtudes teologales fundan pues las virtudes morales cardinales: la prudencia, la justicia, la fortaleza y la templanza.
La liturgia de éste Domingo (XXIII del tiempo Ordinario) nos presenta en el Evangelio (Mc 7, 31-37) al Señor Jesús infundiendo el Espíritu Santo en un hombre sordo y mudo o tartamudo (el concepto griego mogilálos puede significar ambas cosas), pues éste hombre es presentado para que el Señor le imponga las manos, es decir, para que le transmita el Espíritu, que es uno de los efectos de la imposición de manos en el ambiente bíblico. En efecto, la liturgia llama al Espíritu Santo el “dedo de la diestra del Padre” (Himno Veni creador). Por otra parte, los judíos del tiempo de Jesús creían que el aliento infundido por Dios al hombre (Gn 2, 7), a quien había creado de barro, se condensaba y se hacía saliva, luego pues, cuando Jesús le mete los dedos en los oídos y le toca la lengua con saliva le está infundiendo el Espíritu. Este Espíritu hace al ser humano capaz de esperanza, lo capacita para ser prudente, para ser justo, fuerte y apto para la templanza. Al iniciar el “mes patrio” podemos preguntarnos: ¿tiene nuestra patria esperanza? ¿nos rigen hombres justos?, ¿las medidas económicas imperantes son prudentes?, ¿consumimos con templanza o somos víctimas del consumismo?, etc.
En su memorable texto “Para comprender la historia”, Juan Brom cita a Bertolt Brecht: “[…] El joven Alejandro conquistó la India. ¿Él solo? Cesar venció a los galos; ¿no lo acompañaba siquiera un cocinero? Felipe de España lloró cuando se hundió su flota. ¿Nadie más lloraría?” (Preguntas de un obrero que lee). ¿Podría Brecht preguntarse hoy?: ¿son sólo 43 los desaparecidos en México? ¿debemos creer la “verdad histórica” sobre Ayotzinapa? ¿pueden y deben hablar los curas sobre temas de libertad y justicia? ¿y entonces qué hacemos con Hidalgo y Morelos, ambos curas? ¿suprimimos sus nombres el día “del grito”? ¿y la Iglesia, puede anunciar la independencia, libertad y esperanza? ¿podemos renunciar a la esperanza?. ¿Porqué el Salmo de hoy (145) afirma: “El Señor siempre es fiel a su palabra y es quien hace justicia al oprimido; él proporciona pan a los hambrientos y libera al cautivo?
Pbro. Filiberto Cruz Reyes
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Francisco y su reforma del proceso canónico
Francisco y su reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio, en el Código de derecho canónico y en el Código de cánones de las iglesias orientales (II de III)
Presentamos amable lector, a modo de segunda entrega sobre este tema, una sencilla traducción del texto presentado por Mons. Pío Vito Pinto en la Conferencia de prensa del pasado 8 de septiembre, a propósito de la presentación de los dos Motu Proprio del Papa Francisco. El texto original fue publicado en L’Osservatore Romano, en su edición cotidiana en lengua italiana del día miércoles 9 de septiembre.
Querida y decidida por el Papa Francisco la reforma del proceso matrimonial para la declaración de nulidad
De Pío Vito Pinto
La competencia de reformar el ordenamiento canónico respecto a la validez o nulidad del vínculo sacramental matrimonial pertenece estrictamente al Romano Pontífice. Ésta es expresión de la “potestad de las llaves” confiada por Cristo a Pedro y a sus sucesores, según el magisterio de León Magno, primer Papa que expresó la clara conciencia que precisamente a los sucesores de Pedro pasó toda la potestad para el gobierno de las almas de la Iglesia, que es de Cristo.
Objetivo de la Comisión especial instituida por el Papa Francisco el 27 de agosto de 2014 era la revisión solamente del orden procesal. En la historia la iglesia ha intentado siempre hacer visible y eficaz la gracia salvífica de Cristo, si bien en lo mutable de las épocas y a través de las vicisitudes caducas de los hombres pecadores, pero con el objetivo constante de operar la salvación (salus animarum). Así, tres Papas —Benedicto XIV en 1741, Pío X en 1908 y ahora Francisco— han tenido la inspiración de una reforma profunda del proceso matrimonial, para servir a este supremo objetivo en tiempos muy diversos entre ellos.
Con las Decretales precedentes Benedicto XIV, la sentencia formativa nulidad del matrimonio no apelada ere inmediatamente ejecutiva después de una sola instancia, con la consecuencia del estado libre y de la posibilidad de un nuevo matrimonio.
El Papa Lambertini, sumo jurista, por una parte consolido el sistema de la disolución pontificia por gracia del vinculo rato y no consumado; por otra parte, para detener los abusos cometidos por obispos y tribunales sobre todo en Polonia al declarar las nulidades de matrimonio, con la constitución apostólica Dei miseratione, promulgada el 3 de noviembre de 1741, decidió la necesidad de la doble sentencia conforme, en el mismo capitulo de nulidad matrimonial juzgado en primera instancia, para poder celebrar un nuevo matrimonio canónico.
Este sistema a regido hasta nuestros días. La única excepción fue aquella de las facultades concedidas ad experimentum por Pablo VI a la conferencia episcopal a la conferencia episcopal de los Estados Unidos, que concluyo con la norma común, primeramente con el Motu proprio Causas matrimoniales ( 28 de marzo de 1971) y por lo tanto con el sistema procesal propio del Codex iuris cononici de 1983. En verdad, si bien manteniendo la doble sentencia conforme, el nuevo sistema codicial hacia mas ágil, según el augurio del Papa Montini, la posibilidad de obtener la nulidad matrimonial con el procedimiento llamado breve en segunda instancia, según el canon 1682 § 2.
Pío X, fiel a su lema Reformare Omnia in Christo, si bien conservando en la sustancia el sistema procesal del Papa Lambertini, se distinguió gracias al impulso expreso de un colaborador suyo iluminado. Según Michele Lega, primer decano de la Rota restituta y después cardenal, los procesos canónicos deben en efecto preferiblemente celebrarse en las diócesis, limitando al máximo las apelaciones y los recursos a la Sede apostólica. Es cuando se proponen los motu proprio Mitis iudex Dominus Iesus y Mitis et misericors Iesus.
La reforma del Papa Francisco, movida por el mismo espíritu que sostuvo Benedicto XIV y Pío X, se distingue sin embargo no solamente por una verdadera y propia refundación del proceso matrimonial canónico, si no sobre todo por los principios teológicos y eclesiológicos que la sostienen.
Es necesario partir de cuanto a sido ya delineado con claridad en un periodo de casi medio siglo — del pontificado de Pablo VI al de Benedicto XVI — y expresado en la cuadragésima proposición final del Sínodo de los obispos de 2005. Esta recomendaba “profundizar ulteriormente los elementos esenciales para la validez del matrimonio también teniendo en cuenta los problemas emergentes del contexto de profunda transformación antropológica de nuestro tiempo, del cual los mismos fieles peligran de ser condicionados especialmente por falta de una sólida formación cristina”. Y en la introducción a la Instrucción de la Congregación para la doctrina de la fe sobre la pastoral de los divorciados vueltos a casar el cardenal Ratzinger observaba: “se debería clarificar si verdaderamente cada matrimonió entre dos bautizados es ipso facto un matrimonió sacramentó. A la esencia del sacramento pertenece la fe”. Precisamente este es el punto sobre la cuestión que a mantenido siempre como teólogo, desde Arzobispo de Mónaco y Freising, como prefecto de la congregación para la doctrina de la fe y finalmente como Papa.
Existe un punto del análisis común entre Benedicto XVI y Francisco sobre el sacramento celebrado sin fe por un gran numero de divorciados y vueltos a casar civilmente, obligados a vivir en las periferias, lejos de las puertas de nuestras iglesias (cfr. Evangelii gaudium, n.46) pero existe una novedad esencial que va delineando la misión propia del Papa Francisco. No es ya solamente la hora del análisis, es la hora de actuar, de iniciar aquella obra de justicia y de misericordia esperada desde mucho tiempo, reordenado la practica pastoral y canónica sustancialmente en vigor desde hace casi tres siglos. Así lo anunciaba ya Francisco al inicio de su pontificado, el 28 de julio de 2013, concluyendo la jornada mundial de la juventud en Río de Janeiro. Para comprender la tensión teológico jurídica que anima el motu proprio sobre el nuevo proceso de nulidad matrimonial es indispensable recibir la novedad del pontificado Francisco, que resulta de una doble centralidad. Por una parte, el Evangelio de Cristo pone al centro a los pobres. Por otra, como resulta claro de la promulgación de esta nueva ley de justicia y misericordia, esta la comprensión del ejercicio del ministerio como diakonìa (“servicio”), en comunión indispensable los obispos a la cabeza de las iglesias en el mundo.
Francisco en el discurso conclusivo del Sínodo extraordinario ha afirmado que Pedro no pretende gobernar solo la Iglesia y que los obispos deben a su vez gobernar las Iglesias en comunión con Pedro, que vive en el Romano Pontífice. De esto todos responderán a Cristo, supremo pastor.
Así Francisco, con esta ley fundamental da el verdadero inicio a su reforma: poniendo al centro a los pobres, esto es, los divorciados vueltos a casar mantenidos o considerados lejanos, y pidiendo a los obispos una verdadera y propia metànoia. Esto es una “conversión”, un cambio de mentalidad que los convenza y sostenga para seguir la invitación de Cristo, presente en su hermano, el Obispo de Roma, de pasar del estrecho numero de pocos miles de nulidades aquel desmesurado de infelices que podrían tener la declaración de nulidad — por la evidente ausencia de fe como puente hacia la conciencia y por lo tanto la libre voluntad de dar el consentimiento sacramental — pero son dejados fuera del sistema vigente.
El Papa Francisco promulga el nuevo ordenamiento procesal canónico de nulidad matrimonial deseado por una amplia mayoría de los Padres sinodales. Pero esto para ser aplicado en verdad y justicia tiene necesidad de la libertad del corazón y la mente de los Obispos, en el signo de una colegialidad no solo de principios, si no en los hechos.
La primer grande novedad es la invitación del Pontífice en el motu proprio a que los Obispos vuelvan a asumir el ejercicio de los santos Obispos de los primeros siglos de la Iglesia, que consideraron manifestar personalmente la potestad sacramental —recibida con la imposición de las manos en la ordenación episcopal— de padres, maestros y jueces.
Francisco, Pontífice “siervo con los siervos”, pide a los Obispos ejercitar y vivir su potestad sacramental, recibida no de Pedro, si no del Espíritu santo. El Obispo, por lo tanto, siervo de las almas, es llamado a desarrollar el ministerio de la diakonìa para la salvación de los fieles, haciéndose disponible a ala escucha, en tiempos y modos que subrayen el valor de la misericordia y de la justicia. En particular, como se deduce de la oración de ordenación episcopal, el obispo recibe el triple poder de perdonar los pecados, de confiar los ministerios, de desatar de los vínculos.
En los dos motu proprio —puestos por el Papa bajo la protección de la Madre de Dios — el Obispo diocesano, o el eparca, es el alma del proceso llamado breve, que podrá realizarse según las estrictas condiciones indicadas: la evidente nulidad en los hechos incontestables (ya arriba señalados), el acuerdo de las partes (o por lo menos la ausencia declarada de la parte demanda en el proceso) la inmediata sentencia afirmativa, considerados con gravedad los escritos de las partes y del defensor del vinculo; o bien el envía al proceso ordinario, en el caso en el cual, asistidos siempre por el instructor y por el asesor, si no esta en grado de alcanzar la certeza moral para la declaración de nulidad.
¿pero como podrán los Obispos, o los eparcas, sobre todo en las grandes diócesis asegurar, al menos en parte y como signo esta tarea suya de pastores jueces? lo que importa es que el espíritu de colegialidad y comunión de los Obispos con cuanto a sido dispuesto por el Pontífice empiece a premiar el corazón y la mente de los pastores, los fieles esperan con ansia y amor tal metànoia y serán por otra parte pacientes en el Señor ante la buena fe se sus pastores. El año del jubileo de la misericordia espera este signo de humilde obediencia por parte de los pastores de las Iglesias al Espíritu que les habla a través de Francisco.
Abre el corazón a la esperanza el reciente curso de formación de la Rota Romana en la Ciudad de México, con la participación de cerca de 400 sacerdotes y laicos, mujeres y hombres provenientes de todas las naciones centroamericanas, enviados por sus pastores y entusiastas de poder servir en sus Iglesias a los pobres, asistiendo al ministerio judicial de los Obispos. Francisco a enviado una carta expresando la confianza de tales cursos puedan multiplicarse como “servicio del Papa a las Iglesias particulares, haciendo memoria del primer Pedro” según el testimonio de “su tercer sucesor, el Papa Clemente I, que en su Carta a los Corintios interviene regulando las distintas materias de aquella comunidad local”.
La comunión y la colegialidad pedidas por el nuevo proceso tendrán cierta necesidad de tiempo para el estudio y la formación. Pero lo que cuenta es la recepción de la novedad expresada por el Papa Francisco: el servicio y la misericordia hacia esta categoría de pobres, el gran número de divorciados que esperan, si es posible, un nuevo matrimonio canónico. La formación permanente ayudará a que cada obispo, teniendo su propio tribunal para las causas de nulidad matrimonial, redescubra el ministerio, que se le confió en la ordenación, de juez de sus fieles.
En síntesis, la reforma está caracterizada por la centralidad del obispo diocesano, o del eparca (N.T. El equivalente a Obispo en las Iglesias orientales católicas) en el signo de la colegialidad. Los obispos sin embargo no podrán hacer “descuentos” sobre el vínculo matrimonial si éste fuese válido, porque sería una traición no respecto al Papa sino hacia Cristo. En efecto, maestro de la potestad sacramental de los obispos es Cristo mismo, quien les ayudará a evitar eventuales abusos.
En el caso de evidente nulidad del matrimonio el proceso es breve —es necesario evitar los términos “sumario” y “administrativo”— y aquí el juez es el Obispo, que se sirve de dos asesores con los cuales discute sobre la certeza moral de los hechos adoptados para la nulidad matrimonial. Si el Obispo alcanza esta certeza, pronuncia la decisión, de otro modo envía la causa al proceso ordinario.
En el proceso breve es rara la apelación, porque las partes están de acuerdo y son evidentes los hechos acerca de la nulidad; y en presencia de elementos que inducen a considerar la apelación meramente dilatoria e instrumental, esta podrá ser rechazada por falta de presupuestos jurídicos.
El proceso ordinario, por el contrario, puede durar un año como máximo, se abolió la doble sentencia conforme y , finalmente, la sentencia afirmativa no apelada deviene ipso facto ejecutiva. Si se propone la apelación después de una sentencia afirmativa, esta puede ser rechazada en caso de evidente falta de argumentos, por ejemplo en caso de apelación instrumental para dañar a la contraparte.
La reforma tiene en cuenta el motivo principal de la petición de nulidad matrimonial: ésta se pide por motivos de conciencia, por ejemplo vivir los sacramentos de la Iglesia o perfeccionar un nuevo vínculo estable y feliz, a diferencia del primero.
Lo expedito del proceso mira a una mayor limitación de las apelaciones a la Santa Sede, esto es a la Rota romana, o del recurso a la Signatura apostólica para la nueva proposición de la causa negada por la Rota.
El Papa desea, en fin, que en cuanto sea posible se llegue a la plena gratuidad de las causas, según el principio de la Escritura: gratis lo han recibido, denlo gratis. Y las personas con posibilidades económicas podrán ser invitadas a contribuir con donaciones a beneficio de los más pobres.
Según San Irineo, la gloria de Dios es el hombre viviente. Se nos permita agregar: el hombre salvado por el ministerio solícito de justicia y de misericordia de la Iglesia.
Pbro. Filiberto Cruz Reyes
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Francisco y su reforma del proceso canónico
Francisco y su reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio, en el Código de derecho canónico y en el Código de cánones de las iglesias orientales (I de III)
Hoy 8 de septiembre de 2015, a las 12:00 en el Aula “Juan Pablo II” de la Sala de Prensa de la Santa Sede, se realizó una Conferencia de prensa para presentar las dos Cartas Motu proprio datae del Papa Francisco: “Mitis Iudex Dominus Iesus” y “Mitis et misericors Iesus”, sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio, en el Código de derecho canónico y en el Código de cánones de las iglesias orientales, respectivamente.
Inició el acontecimiento el vocero de la Santa Sede, el padre Federico Lombardi, quien afirmó entre otras cosas:
Los dos documentos son de carácter jurídico, cuya relevancia dijo, no tiene necesidad de ser explicada; pues el tema del que tratan ha sido discutido bastante en los últimos años y ha sido evocado y profundizado en la Asamblea Sinodal del año pasado, y tam bién el Instrumentum laboris para la próxima asamblea Sinodal hace regencia al mismo.Los documentos son dos Cartas Motu proprio datae del Papa Francisco y tratan sobre la reforma del proceso canónico para las causas de declaración de nulidad del matrimonio, en el Código de derecho canónico (de la iglesia latina) y en el Código de cánones de las iglesias orientales.
Presentó a los comentadores, miembros de la Comisión especial que el Papá constituyó en agosto del año pasado y que fue publicada en septiembre del año pasado para estudiar este argumento y hacer para hacer propuestas concretas para la reforma.
El Papa firmó estas dos Cartas el 15 de Agosto, en la Asunción de María y decidió que fueran publicadas el 8 de septiembre, que es otra fiesta mariana, el Papa decidió que estuvieran ligadas con las fechas marianas.
Luego entregó a los periodistas presentes una serie de documentos: dos números del Boletín Oficial con los textos por separado de las dos Cartas en Latín y la traducción italiana de ambas; también el Boletín que contiene, dijo, las intervenciones que se tendrán en el curso de la presente Conferencia de prensa; y el texto de un artículo de L’Osservatore Romano de hoy, bajo la firma del Presidente de la Comisión, Pio Vito Pinto.
Los comentadores de los documentos fueron: El Presidente de la Comisión que, es el Decano de la Rota Romana, Mons. Pío Vito Pinto; el Cardenal Francesco Cocopalmerio, el representante de las Iglesias orientales y Exarca de Atenas Mons. Dimitrios Salachas; el representante de la Congregación para la Doctrina de a Fe:Mons. Luis Francisco Ladaria SJ y los dos Secretarios de la Comisión: Mons. Alejandro Bunge y el Padre Nikolaus Schöch OFM.
Enseguida el Padre Lombardi dio la palabra a los participantes.
Es bueno hacer notar que son dos los documentos que el Papa promulgó porque la legislación de la Iglesia Universal se contiene principalmente en dos Códigos, el que es para la Iglesia Latina (Código de Derecho Canónico) y el que es para las Iglesias Orientales Católicas (Código de Cánones de las Iglesias Orientales); el primero fue publicado el 25 de enero de 1983, mientras que el segundo el 18 de octubre de 1990, ambos por el Papa Juan Pablo II.
El 27 de octubre de 1990, sobre las páginas de L’Osservatore Romano se leía: “En la Constitución Apostólica Sacri Canones, con la cual S.S. el Papa Juan Pablo II ha promulgado el Codex canonum Ecclesiarum Orientalium, viene subrayada la constante voluntad de los Romanos Pontífices «duos Codices, alterum pro latina Ecclesia alterum pro Ecclesiis orientalibus catholicis, promulgandi» (de promulgar dos Códigos, una para la Iglesia Latina, otro para las Iglesias Orientales Católicas). Esta constante voluntad de los Romanos Pontífices está profundamente enraizada en la eclesiología. En efecto, el Papa precisa: «Cuando promulgué el Código de Derecho Canónico para la Iglesia latina estaba consciente de que no todo estaba hecho para instaurar en la Iglesia universal un cierto orden. Faltaba… desde muchos siglos un Código que contuviera el derecho común a todas las Iglesias Orientales católicas», «el cual es considerado como perteneciente al patrimonio disciplinar de la Iglesia Universal al igual que el Codex Iuris Canonici».
Por esta razón, siendo una reforma para la Iglesia Universal, el Papa ha modificado las dos principales fuentes del derecho canónico.
Pbro. Mtro. Filiberto Cruz Reyes
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Los hijos de la misericordia
A mis padres, que me educaron en la fe
En estos días de Pascua la liturgia de la Palabra nos presenta a Jesucristo resucitado que muestra a los Discípulos las heridas que dejaron los clavos y la lanza en su cuerpo (Jn 20, 20): el mismo que murió está vivo, las heridas permanecen pero ya no le duelen; los hechos dolorosos trascienden la historia y la llenan de sentido: Cristo murió y resucitó para el perdón de los pecados (cfr. Hch 3, 19); él ha sufrido antes que nosotros y nos comprende.
El 30 de abril del año 2000, segundo domingo de Pascua, el Papa Juan Pablo II canonizó a la Beata Sor Faustina Kovalska, en la homilía de la misa de canonización el Papa decía: al referirse al corazón traspasado de Cristo: «de la herida del corazón, fuente de la cual brota una gran onda de misericordia que se derrama sobre la humanidad. De ese corazón, la beata que de ahora en adelante llamaremos santa, vio partir dos rayos de luz que iluminan el mundo: “los dos rayos – le explicó un día Jesús mismo – representan la sangre y el agua […] ¡Sangre y agua! El pensamiento corre hasta el testimonio del evangelista Juan que, cuando un soldado en el Calvario golpeó con la lanza el costado de Cristo, vio salir “sangre y agua” (cfr. Jn 19, 34). Y si la sangre evoca el sacrificio de la cruz y el don eucarístico, el agua, en la simbología de Juan, recuerda no solo el bautismo, sino también el don del Espíritu Santo (cfr. Jn 3, 5; 4, 14; 7, 37-39)». El Papa recordó ese día que entre las dos grandes guerras mundiales Cristo le confió a la santa su mensaje de misericordia, mismo que millones de personas que sufrieron los horrores de la guerra sabían cuan necesaria era la misericordia. El Papa también recordó lo que Cristo dijo a Sor Faustina: “La humanidad no encontrará paz, hasta que no se dirija con confianza a la divina misericordia”. Y agregó el Romano Pontífice: «Es importante entonces que recojamos enteramente el mensaje que nos viene de la Palabra de Dios en este segundo Domingo de Pascua, que de ahora en adelante en toda la Iglesia tomará el nombre de “Domingo de la Divina Misericordia”»
Por eso el Papa viajero llevó por todo el mundo este mensaje: “la misericordia, es ésta la dimensión indispensable del amor, es como su segundo nombre” (Dives in misericordia n. 7).
Juan XXIII habló de muchas maneras de la necesidad de la misericordia divina en la vida de las personas y de la humanidad, de manera especial con su Encíclica “Pacem in terris” (1963), nacida en el contexto de la guerra fría e inmediatamente posterior a la crisis de los misiles en Cuba (1962); al referirse a la necesidad de encontrar paz decía: “Exige, por tanto, la propia realidad que en estos días santos nos dirijamos con preces suplicantes a Aquel que con sus dolorosos tormentos y con su muerte no sólo borró los pecados, fuente principal de todas las divisiones, miserias y desigualdades, sino que, además, con el derramamiento de su sangre, reconcilió al género humano con su Padre celestial, aportándole los dones de la paz” (n. 169).
Es el pecado del que hablaba Juan XXII, la fuente, dice, de todas la miserias y desigualdades que sufren hoy como ayer, millones de niños en toda la tierra: niños que mueren de hambre, que trabajan como esclavos, que no pueden asistir a la escuela, que no tienen acceso a la salud, que son abusados (tristemente también en ocasiones por algunos miembros de la Iglesia), víctimas de la drogadicción, etc., niños que esperan misericordia que brote de la responsabilidad de los adultos, pues la infancia es tan efímera casi como el instante que nos lleva del día del niño al día del trabajo, del 30 de abril al primero de mayo; esa responsabilidad que termine con los niños que trabajan y con los hombres que juegan con la dignidad del ser humano. Necesitamos padres y madres que enseñen a sus hijos: «Dí todas las mañanas: “Hoy quiero hacer algo de lo que mi conciencia pueda alabarse, y mi padre estará contento; algo que me haga ser más querido que este o aquel compañero, del maestro, de mi hermano y de otros”; y pide a Dios que te de la fuerza necesaria para llevar a cabo tu propósito. “Señor, yo quiero ser bueno, noble, valiente delicado, sincero; ayudadme; haced que cada noche, cuando mi madre me dé el último beso, pueda yo decirle: “Tú besas esta noche a un niño mejor y más digno que el que besaste ayer”» (De Amicis, Edmundo; Corazón. Diario de un niño. Porrúa, México 2013, p. 75).
Ahí en la Plaza de San Pedro, hoy estarán muchos hijos de Dios: Juan XXII, Juan Pablo II, Faustina, Francisco Benedicto XVI, etc., los que dieron y los que esperamos en todo el mundo misericordia.
Filiberto Cruz Reyes
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La victoria que vence al mundo: nuestra fe
A Mons. Rogelio Cabrera, Arzobispo de Monterrey
Celebramos hoy el Domingo de Pascua de Resurrección; la Iglesia ha llamado Pascua también a la Navidad. Esto en razón de un único acontecimiento: Jesucristo. La Navidad celebra el misterio de su Encarnación, mientras que el segundo momento celebra su Resurrección después de su Pasión y muerte. Uno de los hilos conductores de este misterio es el de la humillación; al hacerse hombre sin dejar de ser Dios, el Verbo, dice san Pablo: “siendo rico, por ustedes se hizo pobre a fin de que se enriquecieran con su pobreza” (2 Cor 8, 9). La misma idea la expresa en otro texto: “se humilló a sí mismo, obedeciendo hasta la muerte y muerte de cruz” (Flp 2, 8). Esto deriva en lo que san Pablo afirma enseguida: “Por lo cual Dios le exaltó y le otorgó el Nombre, que está sobre todo nombre” (Flp 2, 9), es decir, el título de “Señor”, lo que hace referencia no sólo a la obra por excelencia del poder de Dios: la Resurrección de su Hijo, sino al poder, o mejor dicho a la “autoridad” que le confiere.
Nuestras palabras “autor” y “autoridad” derivan del verbo latino “augeo”, que hacen referencia a: acrecentar; enaltecer, enriquecer; crecer; es decir, el autor es quien hace crecer, es el fundador, promotor, consejero, sostenedor; es quien hacer ser más; autoritario o autoritarismo, por lo tanto hace referencia a quien se impone por la fuerza anulando cualquier oposición y se llega al despotismo de la tiranía y del absolutismo. Jesucristo es el Señor porque ha obedecido (ob: por o a causa de + audio: escuchar, oir), ha escuchado al Padre y eso le ha llevado a ofrecer incluso su vida; no es que al Padre le haya gustado, y mucho menos querido, la muerte de su Hijo, por eso le devuelve lo que le fue arrebatado: la vida; en la resurrección se cumple lo que dice el Salmo: “Te pidió vida, y se la has concedido, años que se prolongan sin término” (20, 5). Aquí el misterio del amor de Dios: hace justicia sin condenar a los culpables, le devuelve con creces lo que al Hijo le fue arrebatado y por intercesión de él no condena a los que se la arrebataron. Frente a los callejones sin salida de la existencia humana Dios abre nuevos caminos como abrió el mar Rojo.
Cuando el ser humano se pervierte y pone precio a la vida de su hermano (así como Judas entregó a Jesús por 30 monedas de plata), surgen como en cascada otra serie de atropellos: traiciones y desesperación hasta el suicidio (Judas), cobardías para cumplir con el deber (Pilato), cobardías para correr el riego de rescatar al hermano (Pedro), decisiones en que se involucra a terceros (la multitud: “que caiga su sangre sobre nuestros hijos”), búsqueda de testigos falsos (sumos sacerdotes y Sanedrín), etc., y frente a todo esto está siempre latente la tentación de la violencia (uno de los que acompañaban a Jesús sacó la espada e hirió al siervo del Sumo sacerdote. Todas estas escenas la presenta el Evangelio de la Pasión según san Mateo, mismo que leímos hace ocho días en el Domingo de Ramos. Podríamos leerlas hoy en cualquier diario o medio de comunicación, la pasión de Cristo es la pasión del mundo, por eso el evangelio sigue siendo actual: el ser humano necesita ser liberado del pecado y de la muerte. Cuando la autoridad se entiende sólo como poder, y éste sin amor, termina siempre poniendo precio a las personas y al final las aniquila lentamente o de una sola vez.
Mucho se ha dicho sobre la frase de Jesucristo: “dar al Cesar lo que es del Cesar y a Dios lo que es de Dios” (cfr. Mt 22, 21) cuando es interrogado sobre la licitud o no de que los judíos pagaran impuestos a Roma. Jesús afirma esto después de haber preguntado de quién era la imagen y la inscripción que la moneda llevaba, a lo que le contestan “del Cesar”. En efecto, ciertas monedas llevaban la imagen de Cesar y su madre con atributos divinos, la inscripción decía: “TI (berius) CAESAR DIVI AUG(usti) F(ilius) AUGUSTUS (“Tiberio Cesar, hijo del divino Augusto”), y sobre el otro lado PONTIFEX MAXIMUS (Debergé, Pierre; Inchiesta sul potere. Approccio biblico e teologico. Paoline, Milano 2000, p. 38). Lo que aquí está en juego no es tanto la división entre el Estado y la Religión (Iglesia en este caso), sino la pretensión de divinizar el poder, pero sin Dios, eso poder que pone precio a la vida del hermano y pretende lavarse las manos impunemente. El verdadero poder lo ha expresado Jesús como un servicio, ninguno de sus milagros lo hizo para beneficio propio o de su grupo, sino como un ejercicio de su autoridad para que el ser humano llegue a ser lo que está llamado a ser: imagen de Dios, del Dios vivo y que da la vida. Es fácil distinguir cuándo somos autoridad o autoritarios. La victoria nos la da nuestra fe en Cristo que padeció, murió y resucitó para rescatarnos de todo desvarío del pecado. Felices Pascuas de resurrección.
Filiberto Cruz Reyes
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La Reina y el Papa
Cuando el Rey de Inglaterra Enrique VIII, aprobó el 3 de noviembre de 1534 la llamada Acta de Supremacía, con la que se declaraba “solo y supremo Jefe de la Iglesia Inglesa o Anglicana Ecclesia”, y declaraba lo mismo para sus sucesores, estaba creando un cisma en la Iglesia católica y creando una Iglesia nacional. Muchos católicos murieron en ese contexto, entre ellos su Canciller y amigo Tomás Moro, así como el obispo y Cardenal John Fisher; hoy ambos santos, martirizados por el Rey Enrique VIII. Desde entonces también muchos cristianos han buscado la unidad de la Iglesia, y muchos anglicanos han regresado a la Iglesia católica, por lo que el papa Benedicto XVI el 4 de noviembre de 2009, emitió la Constitución Apostólica Anglicanorum coetibus, sobre la institución de ordinariatos personales para anglicanos que entran en la plena comunión con la Iglesia católica; esto a tenor del canon 205 del Código de Derecho canónico, significa que “Se encuentran en plena comunión con la Iglesia católica, en esta tierra, los bautizados que se unen a Cristo dentro de la estructura visible de aquélla, es decir, por los vínculos de la profesión de fe, de los sacramentos y del régimen eclesiástico”.
Dicho esto, comprendemos mejor la trascendencia del encuentro que se dio entre la Reina Elizabeth II de Inglaterra y el Papa Francisco la tarde del jueves 3 de abril del presente, cuando éste la recibió en audiencia en el Vaticano; el encuentro duró cerca de media hora. Ella llegó acompañada de su esposo, el duque Felipe de Edimburgo y siete personas más, entre ellas el embajador de Inglaterra ante la Santa Sede, Nigel Baker. Estuvo también presente, entre otros personajes por parte de la Santa Sede, el Cardenal Murphy-O’Connor, Arzobispo emérito de Westminster.
De los ingleses anglicanos conversos al catolicismo del siglo XIX destaca la figura de John Henry Newman (1801-1890). Alumno del Trinity College en filosofía y teología se ordenó presbítero de la Iglesia anglicana; posteriormente, sus investigaciones sobre la iglesia primitiva en sus diversos aspectos teológicos lo llevan a crear junto a otros compañeros el Movimiento de Oxford, que a través de los Folletos de actualidad proponían recuperar, decían, no lo romano sino lo católico del anglicanismo decadente: temas como la sucesión apostólica, los sacramentos (no olvidemos que hoy en la comunión anglicana considera que las mujeres pueden recibir el sacramento del Orden), la independencia de la Iglesia respecto al Estado, etc. No olvidemos que hasta 1854 “todos los miembros de la comunidad universitaria estaban obligados a firmar su adhesión a los Estatutos de la Universidad, los Artículos y el Acta de Supremacía (Ker, Ian. John Henry Newman. Una biografía; Ediciones Palabra, Madrid 20102, p. 10). De intensa vida académica e intelectual Newman llegará a ser Cardenal de la Iglesia católica y Benedicto XVI lo declara beato el 19 de septiembre de 2010.
El lema del Cardenal Newman era: cor ad cor loquitur, “el corazón habla al corazón”, y seguramente así hablaron el Papa y la Reina. Al final de su entrevista intercambiaron, como es tradición, regalos: la Reina ofreció al Papa productos elaborados en las instalaciones reales, como miel, whisky, jugos de fruta, etc., así como dos fotografías una propia y otra de su esposo, enmarcadas en cuadros de plata. El Papa entregó a la Reina un precioso documento conservado en el Vaticano, con el cual en 1697 Inicencia XI extendió a la Iglesia universal el culto de san Eduardo el Confesor, descendiente de la familia real y fundador de l Abadía de Westminster. Al Duque le regaló un tríptico de medallas de su pontificado. Tuvo el Papa además otro detalle más: entregó un regalo para el bisnieto de la Reina, el Príncipe George de Cambridge, nacido el año pasado.
Este encuentro, fruto de la buena voluntad de ambos anima a segur construyendo caminos de paz y reconciliación no sólo entre las naciones, sino también entre los cristianos que anhelamos la plena comunión. Newman afirmó con conocimiento de causa: “La comunidad cristiana es un cuerpo organizado, aunque ocasionalmente surjan disturbios puntuales en su interior” (ibi, p. 640), por eso, los regalos del Papa a la Reina son una invitación a reconocer, como Newman, la necesidad de la unidad y las raíces de santidad y catolicismo que en la familia real existen.
La Iglesia anglicana se nos ha adelantado en reconocer a Oscar Arnulfo Romero como hombre universal que vivió hasta el martirio la fe cristiana, pues han colocado su estatua en la fachada occidental de la catedral de Westminster; oremos para que pronto sea también declarado santo por la Iglesia católica, para lo cual Francisco ya ha dado signos.
Filiberto Cruz Reyes
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La China del tercer milenio
Del 22 de marzo en adelante el Presidente de China, Xi Jinping, hará una gira de trabajo por varios países europeos: Holanda, Francia, Alemania, Bélgica; entre su agenda se encuentra participar en la Conferencia sobre la seguridad nuclear, encontrase con el Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica Barack Obama, la Canciller alemana Ángela Merkel, el Francés Francois Hollande y, algo inédito: visitará la Sede de la Unión Europea, siendo el primer Presidente chino que lo hace.
Este 16 de marzo murió Mons. Joseph Fan Zhongliang, obispo de Shanghai, China, no reconocido por el gobierno de la República y que había sido consagrado obispo de manera clandestina en 1985. Y es que la vida de la Iglesia en China no ha sido fácil desde los años cincuenta del siglo pasado.
El 27 de mayo de 2007 el Papa Benedicto XVI escribió una carta a los católicos en la República Popular China, y junto con ella apareció publicada también una Nota explicativa de la misma. La Nota narra las vicisitudes de la Iglesia en China desde los años cincuenta en que “con la expulsión de los Obispos y misioneros extranjeros, la encarcelación de casi todos los eclesiásticos chinos y de los responsables de los diversos movimientos laicales, el cierre de las iglesias y el aislamiento de los fieles” inició una etapa “difícil y dolorosa” para la Iglesia en ese país. Luego “al final de los años cincuenta se crearon organismos estatales como la Oficina para los Asuntos Religiosos y la Asociación Patriótica de los Católicos Chinos, con el fin de guiar y «controlar» todas las actividades religiosas. En 1958 tuvieron lugar las dos primeras ordenaciones episcopales sin el mandato papal, dando inicio a una larga serie de gestos que hieren profundamente la comunión eclesial”. Esto en la práctica significa el intento de crear una iglesia nacional China, que a través de dichos “organismos cuyas finalidades declaradas, y en concreto la de llevar a efecto los principios de independencia, autogobierno y autogestión de la Iglesia, no son conciliables con la doctrina católica”.
En medio de esta compleja situación, dos jesuitas fueron protagonistas importantes: el recién fallecido Joseph Fan Zhongliang y Aloysius Jin Luxian, consagrado obispo el mismo año y para la misma ciudad pero con el visto bueno del gobierno y sin el mandato apostólico. Más tarde, en 2004 la Santa Sede concedió la aprobación de la consagración pero dándole el título de Obispo coadjutor. Jin falleció el 27 de abril del año pasado. Como una opción para desenmarañar situación tan difícil la Santa Sede eligió obispo Auxiliar a Mons. Thaddeus Ma Daquin siendo consagrado el 7 de Julio de 2012, pero en la Misa de consagración Mons. Ma renunció a ser miembro de la Asociación Patriótica en razón de la Carta de Benedicto XVI, lo que le valió ser declarado bajo arresto domiciliario y ver impedido el ejercicio de su ministerio.
Actualmente solo Mons. Savio Hon Taifai, secretario de la Congregación vaticana para la Evangelización de los Pueblos, es el único miembro chino de la curia vaticana.
Este puede ser momento propicio para que la Santa Sede y la República de China puedan establecer relaciones diplomáticas como un instrumento de paz y concordia para todos los Chinos, en base al principio del que la Iglesia es testigo: “la sangre de mártires es semilla de cristianos”. Los Acuerdos y Convenios de la Santa Sede “han ido recibiendo múltiples denominaciones: en tiempos pasados, Concordias, Paces, Capítulos Concordados; en la actualidad, más de ordinario, Acuerdos y/o Convenios Iglesia-Estado; no raras veces, Concordatos” (Corral Salvado, Carlos; Derecho Internacional Concordatario. BAC, Madrid 2009, p. 5). Oremos por la Iglesia en China, máxime cuando también nuestra Patria sabe de la experiencia de haber sufrido el intento de ser transformada en Iglesia nacional.
Filiberto Cruz Reyes
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Los Cardenales de la Santa Iglesia Romana y la Reforma Económica de Francisco
El pasado 22 de Febrero del presente el Papa Francisco “creó” 19 nuevos Cardenales en un Consistorio Ordinario público. “Consistorio” proviene del latín tardío “consistorium”: lugar de reunión; y se deriva del latín clásico “consistere”: detenerse; tomar posición, disponerse; comparecer, presentarse. Con este nombre se designaba en los últimos siglos del Imperio Romano, a las reuniones de los dignatarios imperiales, presididas por el Emperador en el Palacio de Gobierno. El Emperador era el último en hablar y cada una de sus decisiones tomaba fuerza de ley (cfr. Rossi, Agnelo; Il Collegio Cardenalizio. Editrice Vaticana, Vaticano 1990, p. 43). A través del Consistorio el Papa llama a los Cardenales para que colaboren con él en la suprema autoridad de la Iglesia, y por lo mismo, cuando los convoca trata con ellos las cuestiones de más importancia para el gobierno de la Iglesia Universal. Desde el siglo XII es prerrogativa exclusiva del Colegio de Cardenales la elección del Romano Pontífice.
La reforma económica que el Papa Francisco ha emprendido al interior de la Iglesia, de manera especial en las instancias de la Curia Romana, se enmarca en algo mucho más profundo, lo que él llama en la Evangelii Gaudium la “nueva idolatría del dinero”, ya que por ejemplo, al criticar las ideologías que defienden la autonomía absoluta de los mercados y la especulación financiera afirma: “Se instaura una nueva tiranía invisible, a veces virtual, que impone, de forma unilateral e implacable, sus leyes y sus reglas” (n. 56). La reforma económica que Francisco propone debe llegar a las personas y las instituciones, eclesiales y no, es decir, propone una humanización de la economía y, como buen juez, ha querido empezar por su propia casa.
Para todo esto el Papa ha dado una serie de pasos que iniciaron desde los días de las “congregaciones generales” de los Cardenales al preparar el cónclave que elegiría al sucesor de Benedicto XVI: decía que hay dos visones de la Iglesia, una es “la Iglesia evangelizadora que sale de sí” y otra es “la Iglesia mundana que vive en sí, de sí y para sí”. Afirmaba que considerar estas dos visiones de Iglesia es lo que debe “dar luz a los posibles cambios y reformas que haya que hacer” en la Iglesia. El Cardenal Ortega de la Habana fue quien difundió las palabras del Pontífice con su autorización. Las congregaciones generales son “para permitir a cada Cardenal que exprese su opinión sobre los problemas que se presenten, pedir explicaciones en caso de duda y hacer propuestas” (UDG n. 11).
Ya Pontífice, Francisco promulgó un Quirógrafo el 24 de Junio de 2013 en el que afirma que en continuidad con sus antecesores, Juan Pablo II y Benedicto XVI, quiere con dicho documento “permitir a los principios del Evangelio permear también las actividades de naturaleza económica y financiera”; por tal motivo crea una Comisión en relación al IOR (Instituto para las Obras de Religión, conocido popularmente como el Banco del Vaticano). Esta Comisión deberá mantener informado directamente al Papa de todas las actividades del IOR.
El 8 de Agosto de 2013 el Papa Francisco, con una Carta Apostólica dada en forma de Motu Proprio, tomaba medidas “para la prevención y la lucha contra el «lavado» de dinero, del financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva”, y así “adoptar los principios y poner en marcha los instrumentos jurídicos desarrollados por la Comunidad internacional”.
El 15 de noviembre de 2013 el Papa Francisco mediante una Carta Apostólica en forma de Motu proprio aprueba el nuevo Estatuto de la autoridad de Información Financiera, “para reforzar las iniciativas ya emprendidas con el fin de prevenir y combatir cada vez mejor eventuales actividades ilícitas en el sector económico-financiero”.
Posteriormente, el 24 de febrero de 2014 con otra Carta Apostólica en forma de Motu Proprio “Fidelis dispensator et prudens”, para la constitución de una nueva estructura de coordinación de los asuntos económicos y administrativos de la Santa Sede y del Estado de la ciudad del Vaticano, el Papa instituye “el Consejo de asuntos económicos, con la tarea de supervisar la gestión económica y vigilar las estructuras y actividades administrativas y financieras de los Dicasterios de la Curia Romana, de las Instituciones relacionadas con la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano”, así como “la Secretaría de asuntos económicos, como Dicasterio de la Curia Romana según la Constitución apostólica Pastor Bonus”.
De este modo el Romano Pontífice pone en acto el principio evangélico: no pueden servir a Dios y al dinero (Lc 16, 13). ¿le secundaremos en esta reforma no sólo de la Curia sino de nuestras vidas? El Papa debe contar con el apoyo de los Cardenales y de cada uno de los cristianos.
Filiberto Cruz Reyes
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Las llagas de la Santa Iglesia
Durante los días 20 y 21 de Febrero del presente 2014 se realizó un Consistorio Extraordinario de Cardenales en Roma en torno al Papa Francisco. La legislación actual de la Iglesia afirma:
- 353 §1. Los Cardenales ayudan todos ellos colegialmente al Pastor supremo de la Iglesia, sobre todo en los Consistorios, en los que se reúnen por mandato del Romano Pontífice y bajo su presidencia; hay Consistorios ordinarios y extraordinarios.
- §3. Al Consistorio extraordinario, que se celebra cuando lo aconsejan especiales necesidades de la Iglesia o la gravedad de los asuntos que han de tratarse, se convoca a todos los Cardenales.
Los temas que esta vez debatieron los Cardenales fueron principalmente “la concepción de la familia según la perspectiva antropológica cristiana y su valoración en el contexto de la cultura secularizada que posee una concepción diversa de la familia, de la sexualidad y de la persona y en la que el enfoque cristiano se encuentra a veces en dificultad”, “los divorciados que se han vuelto a casar desde el punto de vista jurídico canónico y se habló de los procedimientos de nulidad para mejorarlos y simplificarlos. Sobre la admisión a los sacramentos de los divorciados que se han vuelto a casar”, “la pastoral familiar, así como la emigración o la ignorancia religiosa, según afirmó en un comunicado el P. Federico Lombardi, SJ, director de la Oficina de Prensa de la Santa Sede.
El Papa Pío IX le había manifestado su deseo de crearlo Cardenal, y se decía que también lo quería como su Secretario de Estado por su talento y rectitud. De familia noble el Padre Antonio Rosmini (1797-1855) y de inmenso amor a la Iglesia, propuso una reflexión sobre cinco cuestiones que él consideraba que en su momento eran como otras tantas llagas que herían a la Iglesia, en relación a las cinco llagas de Cristo: 1) La división entre pueblo y clero en el culto público de la Iglesia, 2) la insuficiente educación del clero, 3) la desunión de los Obispos, 4) el nombramiento de los Obispos dejado en manos del poder laical y 5) la servidumbre de los bienes eclesiásticos. Su obra “Las cinco llagas de la Santa Iglesia” escrita en 1832 fue el motivo para que sus numerosos enemigos, que le habían ganado su personalidad e influencia, le acusaran de doctrina herética, de modo que en mayo de 1849 el mismo Papa Pío IX confirmaba la inclusión de su obra en el Índice de libros prohibidos. De este modo por intrigas palaciegas se le impidió toda comunicación con el Papa. Alejado de Roma por personajes nefastos sin embargo, fue consultado por el mismo Papa sobre la conveniencia o no de proclamar el dogma de la Inmaculada Concepción de María, cosa que final y felizmente ocurrió el día 8 de diciembre de 1854. Rosmini moría el 1º de Julio de 1855, día dedicado a la Preciosa Sangre de Cristo, luego de un haber sufrido un envenenamiento, y aun que supo quiénes habían sido los autores nunca lo dijo (Sgarbosa, Mario; Antonio Rosmini. Genio filosofico , profeta scomodo. Città Nuova. Roma 1996, pp. 188-1994). Antiguamente había un rito al crear a los Cardenales: el abrir y cerrar de la boca para significar el silencio que deben observar y la prudencia y sabiduría al manifestar su sincera opinión cuando les es requerida. Formalmente Rosmini no fue Cardenal, pero sí en lo más profundo de su ser: nunca dijo quién atentó contra su vida en señal de perdón a quien le había lastimado y su inmensa fidelidad al Papa y a la Iglesia, hasta ofrecer de algún modo su propia sangre, lo que representa el púrpura de los Cardenales. El día de ayer fueron creados nuevos Cardenales por el Papa Francisco, mismos que son llamados a colaborar con él en esta ardua tarea de reforma de la Iglesia, reforma que inicia por una conversión personal.
En mayo de 1966 la Congregación para la Doctrina de la fe autorizaba la edición de la obra de Rosmini y Benedicto XVI lo declaró beato en 2007.
Filiberto Cruz Reyes